El futuro normativo de la Tauromaquia en México entra en una nueva fase. El Senado de la República aprobó este martes la Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales, un texto que reconoce a los animales como seres sintientes y distribuye competencias entre la Federación, los estados y los municipios. La iniciativa recibió 115 votos a favor y uno en contra y fue remitida a la Cámara de Diputados para continuar su tramitación.
Durante la discusión en lo particular, el Pleno aceptó una modificación para que sean las entidades federativas las encargadas de regular la participación de animales en espectáculos deportivos, recreativos y de entretenimiento. La enmienda fue aprobada por 113 votos.
Ese cambio afecta directamente a actividades como las corridas de toros, los jaripeos, las peleas de gallos o determinadas suertes de la charrería. En consecuencia, no se establece desde la ley federal una regulación taurina idéntica para todo México, sino que cada estado conservará capacidad normativa dentro del marco general de bienestar y protección animal.
El punto clave: la progresividad
La cuestión que mayor preocupación ha generado en el sector taurino es la aplicación del principio de progresividad y no regresividad en materia de protección animal.
Este principio implica, en términos generales, que una protección ya alcanzada no puede reducirse automáticamente mediante una norma posterior sin una justificación constitucional suficiente. Eso no significa que una legislación quede jurídicamente congelada para siempre, pero sí que una eventual reforma que rebajara niveles de protección podría ser objeto de impugnación y tendría que superar un examen constitucional. La propia jurisprudencia mexicana ha aplicado el principio de progresividad en asuntos relacionados con protección y bienestar animal.
Ahí aparece el interrogante para la Tauromaquia. En aquellos territorios que mantengan actualmente la corrida tradicional, las entidades conservarán capacidad para regularla dentro del nuevo marco. Sin embargo, allí donde se establezcan mayores restricciones de protección animal, una futura legislación que pretendiera revertirlas podría enfrentarse a recursos basados en el principio de no regresividad.
El caso de la Plaza México
La situación adquiere especial relevancia en la Ciudad de México, donde durante los últimos años se ha desarrollado un proceso legislativo para transformar los festejos taurinos hacia fórmulas denominadas «sin violencia» y aumentar la protección de los animales. El Congreso capitalino ha debatido iniciativas que eliminan elementos tradicionales de la lidia y ha defendido ese modelo como una evolución del espectáculo.
Por ello, dentro del sector taurino se interpreta que el nuevo marco federal podría dificultar jurídicamente una futura recuperación de la corrida tradicional en la Plaza México, en caso de que las restricciones actuales o futuras consoliden un nivel superior de protección animal. Esa consecuencia, sin embargo, no aparece formulada como una prohibición automática en el texto aprobado por el Senado: dependería de la normativa local, de futuras reformas y, eventualmente, de su interpretación por los tribunales.
La Cámara de Diputados tiene ahora la palabra
El procedimiento todavía no ha concluido. La minuta aprobada por el Senado ha pasado a la Cámara de Diputados, que deberá analizarla y decidir si respalda el texto en sus actuales términos.
Hasta entonces, el escenario permanece abierto. Lo que sí deja la votación del Senado es un cambio relevante: la regulación concreta de la Tauromaquia seguirá dependiendo en buena medida de cada estado, pero dentro de un marco nacional de bienestar animal que incorpora mayores obligaciones de protección.

